Dr.José Luz García Orta. Querétaro, México.— Con el arranque del periodo de intercampaña rumbo al proceso electoral de 2027, autoridades electorales reiteraron que está prohibido realizar actos de proselitismo o promoción personalizada con fines electorales antes del inicio formal de las campañas. Incurrir en estas conductas puede derivar en sanciones severas, incluyendo la pérdida del registro o la cancelación de candidaturas.
La intercampaña es la etapa posterior a las precampañas y previa a las campañas constitucionales, en la cual partidos políticos, aspirantes, precandidatos y cualquier persona tienen prohibido solicitar el voto o posicionarse electoralmente mediante eventos, propaganda o mensajes con fines electorales.
¿Qué se considera un acto anticipado de campaña?
Para que una conducta sea calificada como acto anticipado de campaña, deben acreditarse tres elementos fundamentales, establecidos en criterios del Tribunal Electoral desde 2009:
- Elemento personal: que el acto sea realizado por partidos políticos, aspirantes, precandidatos o candidatos.
- Elemento temporal: que ocurra antes del inicio oficial de las campañas electorales.
- Elemento subjetivo: que el mensaje tenga como finalidad solicitar el voto, promover una candidatura o pedir apoyo con fines electorales.
Estas acciones pueden incluir reuniones públicas, difusión de propaganda, promoción personalizada o el uso de programas sociales con fines políticos.
¿Quién puede cometer delitos electorales?
La legislación establece que cualquier persona puede incurrir en delitos electorales, entre ellos:
- Servidores públicos
- Funcionarios partidistas
- Organizadores de campaña
- Ministros de culto
- Funcionarios electorales
- Fedatarios públicos
- Ciudadanos en general
¿Cómo denunciar un delito electoral?
Cualquier persona que sea víctima o testigo puede presentar una denuncia. El procedimiento requiere incluir:
- Nombre del denunciante (puede ser anónimo, aunque con ciertos datos obligatorios)
- Narración clara de los hechos
- Fecha, hora y lugar
- Identificación de los presuntos responsables
- Pruebas como fotografías, audios o videos
También es importante precisar cómo ocurrieron los hechos, cuándo sucedieron y dónde se registraron, incluyendo referencias si no se cuenta con la dirección exacta.
¿Dónde presentar la denuncia?
Existen diversas vías para denunciar delitos electorales o actos anticipados de campaña:
- Ante la Fiscalía Especializada en materia de Delitos Electorales (FISEL)
- Por teléfono al número 800 833 72 33, disponible las 24 horas
- En línea a través del sistema FISENET (www.fisenet.fgr.org.mx)
- Ante el Instituto Nacional Electoral (INE), mediante su sistema de denuncias
- Ante el Ministerio Público local o elementos policiales
La Fiscalía es la instancia encargada de investigar y perseguir estos delitos, mientras que el INE puede dictar medidas cautelares cuando existan indicios de violaciones que afecten la equidad de la contienda.
Sanciones por actos anticipados
De acuerdo con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, los aspirantes tienen prohibido realizar actos anticipados de campaña por cualquier medio.
Las sanciones pueden incluir:
- Negativa de registro como candidato
- Cancelación de candidatura
- Pérdida del derecho a participar en la elección
Estas medidas buscan garantizar condiciones de equidad entre los contendientes y evitar ventajas indebidas antes del periodo legal de campañas.
Vigilancia ciudadana, clave rumbo a 2027
Autoridades electorales subrayan que la denuncia ciudadana es fundamental para prevenir irregularidades y garantizar procesos democráticos transparentes. La participación activa de la ciudadanía permite identificar y sancionar conductas que vulneren la legalidad electoral, especialmente en un contexto donde los llamados “adelantados” buscan posicionarse fuera de los tiempos permitidos.
El cumplimiento de la ley electoral es una obligación para todos los actores políticos y una condición indispensable para asegurar elecciones justas y legítimas.
