IEPC Jalisco deja sin registro al Partido Humanista tras fallo del TEEJ por irregularidades financieras

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Guadalajara, Jalisco.— El Partido Humanista quedó fuera del registro como partido político local en Jalisco, luego de que el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) declaró improcedente la solicitud presentada por Construsuai A.C., en cumplimiento de una sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco (TEEJ).

La determinación fue aprobada por el Consejo General del IEPC durante su sesión extraordinaria del 18 de septiembre de 2026 y deriva de los recursos de apelación RAP-012/2026 y RAP-013/2026, mediante los cuales el tribunal ordenó emitir una nueva resolución sobre la procedencia del registro.

El caso tiene como antecedente el registro que el propio organismo electoral había concedido en junio a Construsuai A.C. para constituirse como partido político bajo la denominación Partido Humanista. La organización había avanzado en el procedimiento de constitución y acreditado requisitos como la realización de asambleas y el número mínimo de afiliaciones.

De acuerdo con información del IEPC, Construsuai realizó 89 asambleas municipales con quórum y reportó 20 mil 40 afiliaciones durante el proceso para obtener el registro. La legislación estatal contempla, entre otros requisitos, asambleas en al menos 84 municipios y un mínimo de 17 mil 250 afiliaciones.

Sin embargo, la resolución del TEEJ determinó que las irregularidades detectadas en materia de fiscalización impedían que la organización conservara el registro, por lo que el IEPC tuvo que emitir una nueva determinación en sentido contrario a la aprobada en junio.

Ajustan sanciones por fiscalización

En una resolución relacionada con el recurso RAP-010/2026, el Consejo General del IEPC también modificó los montos de las sanciones derivadas de diez conductas infractoras detectadas durante la revisión de los informes financieros de Construsuai A.C.

Las multas quedaron establecidas en un monto conjunto de 92 mil 209 pesos. Las irregularidades corresponden, entre otros aspectos, a aportaciones no debidamente comprobadas, recursos provenientes de sujetos impedidos, ingresos no reportados, inconsistencias documentales y omisiones contables. El ajuste tomó en cuenta la capacidad económica de la organización como agrupación ciudadana.

El IEPC precisó que la resolución del 18 de septiembre modifica los aspectos ordenados por el tribunal, mientras que las determinaciones que no fueron materia de modificación permanecen firmes.

Sin acceso al financiamiento público

La cancelación del registro también dejó sin efectos el ajuste al financiamiento público estatal que había sido aprobado en junio de 2026 para incorporar al Partido Humanista a la distribución de prerrogativas.

Los recursos contemplados para la organización no llegaron a ser ministrados. Por ello, Construsuai A.C. no tiene recursos públicos que reintegrar por ese concepto; las cantidades que habían sido reservadas serán restituidas a los partidos con derecho a financiamiento, conforme a la nueva determinación del organismo electoral.

Además, el IEPC informó que se realizarán las gestiones correspondientes ante el Instituto Nacional Electoral (INE) para dar de baja los registros, claves y accesos que habían sido generados a favor del Partido Humanista.

El partido había generado impugnaciones

La incorporación del Partido Humanista al sistema de partidos locales había sido cuestionada mediante impugnaciones presentadas durante el proceso. La resolución del IEPC del 18 de septiembre representa, por ahora, el cumplimiento de la sentencia del TEEJ y modifica la situación jurídica que había quedado establecida con el registro otorgado en junio.

El propio IEPC había documentado desde febrero que Construsuai A.C. era la única organización que, entre las participantes en esa etapa, había avanzado hasta presentar formalmente su solicitud de registro y continuar con el procedimiento de análisis.

Con esta decisión, el Partido Humanista deja de formar parte de las fuerzas políticas con registro local en Jalisco, a menos de un año del proceso electoral local concurrente 2026-2027. El cambio modifica la lista de organizaciones que podrán participar como partidos locales en la contienda estatal, mientras el procedimiento jurídico de la organización puede continuar por las vías de impugnación que correspondan.

Fuentes: Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPC), Tribunal Electoral del Estado de Jalisco (TEEJ) y documentación pública relacionada con los expedientes RAP-010/2026, RAP-012/2026 y RAP-013/2026. web.iepcjalisco.org.mx

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